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Artículo 996 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo I

La primera se llamará de sustanciación, y contendrá:

I. Todos los actos relativos a la admisión de la cesión de bienes o a la formación del concurso necesario;

II. La tramitación ordinaria del juicio;

III. Las actas relativas al nombramiento y remoción del síndico o interventor, y las que contengan algún arreglo general, ya entre los acreedores, ya con el deudor común;

IV. Los incidentes relacionados con la sustanciación;

V. La sentencia de graduación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial