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Artículo 947 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo II

Las propuestas que se hagan en el remate deberán llenar las condiciones siguientes:

I. El nombre, edad, capacidad legal, estado, profesión y domicilio del postor;

II. Las mismas circunstancias respecto del fiador;

III. La cantidad que se ofrezca por la finca;

IV. La que se dé al contado y los términos en que el resto haya de pagarse;

V. El interés que deba causar la suma que se quede reconociendo;

VI. La promesa de hacer en el remate la postura que mejor convenga al postor;

VII. La indicación de la finca o fincas porque se hace la postura;

VIII. La sumisión expresa al juez que conozca del negocio, para que haga cumplir el contrato.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial