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Leyes Descargar AYA

Artículo 812 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo II

La garantía no será necesaria para ejecutar la resolución en los casos en que la ley prevenga, especialmente, que la apelación no procede más que en el efecto devolutivo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial