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Leyes Descargar AYA

Artículo 67 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo II

- Las audiencias en los negocios serán públicas, exceptuándose las que se refieren a divorcio y a nulidad del matrimonio, y las demás que conforme a la ley deban ser secretas. El acuerdo será reservado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial