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Leyes Descargar AYA

Artículo 600 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo I

- Se llaman interdictos los juicios sumarísimos que tienen por objeto adquirir, retener o recobrar la posesión de una cosa; suspender la ejecución de una obra nueva, o pedir que se practiquen respecto de la que amenaza ruina, las medidas conducentes para precaver el daño, artículo 601 - Los interdictos sólo proceden respecto de las cosas raíces y derechos reales

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial