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Leyes Descargar AYA

Artículo 48 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo I

- Los emplazamientos, citaciones y notificaciones que se hagan al apoderado o representante jurídico, tendrán la misma fuerza y validez que si se hubiesen hecho al representado, exceptuándose las diligencias que, por disposición de la ley, deben practicarse personalmente con el mismo interesado

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  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial