Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 186 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo III

- El tribunal remitirá certificación de la sentencia y los autos que haya tenido a la vista para

resolver la cuestión de competencia, al juez o autoridad que haya declarado competente, comunicando también el fallo al otro competidor

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial