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Artículo 135 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo VI

Las costas serán reguladas por la parte a cuyo favor se hubiesen decretado. De la regulación se correrá traslado por tres días a la parte condenada, para que alegue, y el juez resolverá dentro de tres días, con alegación o sin ella. Si fuesen impugnados los gastos por razón de honorarios no sujetos a arancel, el juez, para mejor proveer, oirá el dictamen de dos peritos, y resolverá en justicia en el término antes fijado

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial