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Leyes Descargar AYA

Artículo 1173 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo V

- Son aplicables a las cuentas que deben rendir el interventor y el albacea, las reglas contenidas en los artículos 617 y 618 del Código Civil

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial