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Leyes Descargar AYA

Artículo 1046 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Capítulo IV

- El síndico definitivo administra los bienes y debe ejecutar los acuerdos tomados en junta de acreedores; pero sin consentimiento del concurso, no puede arrendar por más de cuatro años, vender, ni gravar los bienes, ni recibir dinero a interés, ni pagar crédito alguno

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Campeche (Poder Legislativo). Documento oficial