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Leyes Descargar AYA

Artículo 448 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Baja California

Sección I

La sección de ejecución se integrará con:

I.- Copia cotejada de la demanda y en su caso de la sentencia;

II.- Mandamiento, en forma de ejecución, dictado por el Juez;

III.- Nombramiento del depositario y otorgamiento de su fianza o caución;

IV.- Cuentas de los depositarios e incidentes correspondientes;

V.- Remoción de depositarios y nombramiento de los substitutos;

VI.- Avalúos periciales y sus incidentes;

VII.- Arrendamiento de bienes depositados;

VIII.- Mandamiento de subastar los bienes secuestrados;

IX.- Remate, calificación de posturas y fincamiento del mismo;

X.- Aprobación del remate;

XI.- Posesión de los bienes adjudicados y otorgamiento de las escrituras correspondientes en rebeldía de las partes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California. Documento oficial