Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 808 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes

Capítulo III

Acreditado el nombramiento de tutor hecho por el que ejerce la patria potestad en última disposición, se discernirá el cargo por el juez sin exigir fianza al nombrado, si se le hubiere dispensado de ella, salvo lo dispuesto en el artículo 543 del Código Civil

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial