Artículo 75 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes
Capítulo V
El secretario guardará, con la seguridad debida, bajo su responsabilidad, los documentos originales que presenten los interesados. Al expediente se agregarán copias cuidadosamente cotejadas y autorizadas por el
mismo secretario, sin perjuicio de que, a petición verbal de cualquiera de los interesados, se le muestren los originales.
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- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial