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Leyes Descargar AYA

Artículo 487 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes

Capítulo IV

La postura deberá contener:

I.- Las generales del postor;

II.- El precio que se ofrezca por la finca y la forma de cubrirlo;

III.- El interés que deba causar la suma que se queda reconociendo;

IV.- La sumisión al juez que practique el remate para que haga cumplir el contrato; y

V.- La constancia de haberse hecho el depósito a que se refiere el artículo 485

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial