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Leyes Descargar AYA

Artículo 280 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes

Capítulo III

En el caso previsto en la fracción primera del artículo 275, el declarado confeso podrá justificar su no comparecencia en vía incidental.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Aguascalientes. Documento oficial