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Leyes Descargar AYA

Artículo 287 Código Penal del Estado de Yucatán

Capítulo III

Cambió en el cotejo del 19 de octubre de 2026. Ver qué cambió

A quien con el propósito de inculpar a alguien como responsable de un delito ante la autoridad, le impute falsamente un hecho o simule en su contra la existencia de pruebas materiales que hagan presumir esa responsabilidad, se le impondrá prisión de dos a ocho años y de cien a trescientos días-multa.

La pena establecida en el presente artículo se aumentará hasta el doble cuando las pruebas proporcionadas hayan sido elaboradas, generadas o manipuladas mediante software de inteligencia artificial. Párrafo adicionado DO 28-07-2026

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió

Este artículo cambió una vez en 2026; la última, en el cotejo del 19 de octubre de 2026. Toca un cambio para ver qué se quitó y qué se agregó.

  1. 15 may a 19 oct 2026+31 −0 palabras

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial