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Artículo 259 Código Penal del Estado de Yucatán

Capítulo VII

- Comete el delito de ejercicio abusivo de funciones:

I.- El servidor público que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, ilícitamente otorgue por sí o por interpósita persona, contratos, adjudicaciones, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor público, a su cónyuge, ascendiente o descendiente, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte, y

II.- El servidor público que valiéndose de la información que posea por razón de su empleo, cargo o comisión, sea o no materia de sus funciones, y que no sea del conocimiento público, haga por sí, o por interpósita persona, inversiones, enajenaciones o adquisiciones, o cualquier otro acto que le produzca algún beneficio

económico indebido al servidor público o a alguna de las personas mencionadas en la primera fracción artículo 260 - Al que cometa el delito de ejercicio abusivo de funciones se le impondrán las siguientes sanciones:

I.- Cuando la cuantía a que asciendan las operaciones a que hace referencia este artículo no exceda del equivalente a quinientas unidades de medida y actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y de treinta a cien días-multa, o

II.- Cuando la cuantía a que asciendan las operaciones a que hace referencia este artículo exceda del equivalente a quinientas unidades de medida y actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a doce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días-multa

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió

Cambió en el cotejo del 19 de octubre de 2026. Ver qué cambió

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial