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Leyes Descargar AYA

Artículo 14 Código Penal del Estado de Yucatán

Capítulo IV

La responsabilidad delictuosa únicamente comprende a la persona o a los bienes del imputado, excepto en los casos especificados en la ley.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial