Artículo 190 Código Penal del Estado de Veracruz
Capítulo IV
Duodecies. A los partícipes de estos delitos que tengan una relación de parentesco consanguíneo, por afinidad o civil con niñas, niños, adolescentes o incapaces víctimas de estos delitos, o a quienes ejerzan autoridad sobre éstos o habiten en el mismo domicilio, aun cuando no tengan parentesco, se les impondrán de diez a veinte años de prisión, multa hasta de setecientas Unidades de Medida y Actualización e inhabilitación para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, curatela o custodia y, en su caso, se les privará de todo derecho sobre los bienes el derecho.
(REFORMADO, G.O. 23 DE NOVIEMBRE DE 2017) artículo 190 Ter decies. Las sanciones se aumentarán en una mitad, cuando el delito sea cometido con violencia.
(ADICIONADO, G.O. 6 DE MARZO DE 2026) En el caso de las penas previstas para los delitos de este Capítulo se aumentarán hasta en una tercera parte cuando el delito se cometa por dos o más personas; se realice por persona servidora pública o profesionista aprovechando su empleo, cargo o comisión, en cuyo caso, además de la pena de prisión, la persona agresora será destituida e inhabilitada por un plazo igual al de la pena privativa de la libertad impuesta; se realice por ministro de culto aprovechando su cargo, función o comisión; la víctima se encuentre bajo los efectos de alcohol, fármacos, narcóticos u otras sustancias que afecten su voluntad o discernimiento; se cometa en un lugar despoblado, solitario o poco accesible; o cuando la víctima se encuentre en estado de indefensión.
(REFORMADO, G.O. 23 DE NOVIEMBRE DE 2017) artículo 190 Quater decies. Si el sujeto activo se valiere de su función pública, profesión u oficio, además de las penas previstas, se le suspenderá del ejercicio de éstos y, en su caso, se le destituirá e inhabilitará para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, por un tiempo de tres a diez años.
(ADICIONADO, G.O. 4 DE JUNIO DE 2019)
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial