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Artículo 291 Código Penal del Estado de Tlaxcala

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El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 5 de diciembre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.

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A quien ejecute un acto sexual, sin el propósito de llegar a la cópula, en una persona menor de doce años o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirla o la obligue a ejecutarla, se le impondrán de cuatrocinco a seisdiez años de prisión y multa doscientasde ochenta y ochotrescientas a cuatrocientas treinta y dosseiscientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 12 DE MAYO DE 2026)

Antes

A quien ejecute un acto sexual, sin el propósito de llegar a la cópula, en una persona menor de doce años o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirla o la obligue a ejecutarla, se le impondrán de cuatro a seis años de prisión y multa doscientas ochenta y ocho a cuatrocientas treinta y dos veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Ahora

A quien ejecute un acto sexual, sin el propósito de llegar a la cópula, en una persona menor de doce años o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirla o la obligue a ejecutarla, se le impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de trescientas a seiscientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 12 DE MAYO DE 2026)

AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.

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