Artículo 223 Código Penal del Estado de Tamaulipas
Capítulo IX
Al responsable del delito de uso ilícito de atribuciones y facultades, se le impondrán las siguientes sanciones:
I.- Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este Artículo no exceda del equivalente de tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se impondrán de cuatro a diez años de prisión, multa de cien a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y destitución e inhabilitación de cuatro a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos, y Fracción reformada, P.O. No. 44, del 13 de abril de 2022.
II.- Cuando el monto a que asciendan las operaciones a que hace referencia este Artículo, exceda del equivalente de tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se impondrán de diez a veinte años de prisión, multa de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y destitución e inhabilitación de diez a veinte años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Fracción reformada, P.O. No. 44, del 13 de abril de 2022.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial