Artículo 152 Código Penal del Estado de Tamaulipas
Capítulo III
Cometen el delito de sedición los que reunidos tumultuariamente pero sin armas, resistan a la autoridad o la ataquen para impedir el libre ejercicio de sus funciones, con algunos de los propósitos a que se refiere el Artículo 145
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial