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Leyes Descargar AYA

Artículo 239 Código Penal del Estado de Quintana Roo

Capítulo I

- Cuando en el ejercicio ilícito de servicio público se cause un daño a la administración pública o a los particulares, independientemente de las sanciones que correspondan por delitos que se integren, se podrá aumentar la pena señalada en el artículo anterior, hasta dos años más. Artículo reformado POE 19-07-2017

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 19 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial