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Artículo 78 Código Penal del Estado de Puebla

Capítulo DÉCIMO

Las circunstancias calificativas o modificativas de la sanción, que tienen relación con la omisión o acto delictuosos, aprovechan o

118Párrafo reformado el 27/nov/2014. perjudican a todos los que intervengan en cualquier grado en la comisión del delito.

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial