Artículo 396 Código Penal del Estado de Puebla
Capítulo DÉCIMO
Comete el delito de abuso de confianza quien con perjuicio de alguien, disponga para sí o para otro, de una cantidad de dinero en numerario, en billetes de Banco, de un documento que importe obligación, liberación o transmisión de derechos o de cualquiera otra
cosa ajena mueble, de la cual se le haya transferido la tenencia y no el dominio.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial