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Leyes Descargar AYA

Artículo 248 Código Penal del Estado de Puebla

Capítulo DÉCIMO

Se impondrá prisión de uno a nueve años y multa de diez a cien Unidades de Medida y Actualización:

I. Al que falsifique los sellos de los Poderes del Estado o las marcas oficiales;

II. Al que falsifique el sello, marca o contraseña que alguna autoridad use para identificar cualquier objeto o para asegurar el pago de algún impuesto, derecho o aprovechamiento; y III. Al que falsifique los punzones, matrices, planchas o cualquier otro objeto que sirva para la fabricación de acciones, obligaciones y demás títulos o documentos a que se refiere el Capítulo anterior.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial