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Leyes Descargar AYA

Artículo 104 Código Penal del Estado de Puebla

Capítulo DÉCIMO

Con las sumas que se obtengan de las multas impuestas como sanciones o como conmutación de la pena de pri sión, se integrará un Fondo para la protección a víctimas de delitos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial