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Leyes Descargar AYA

Artículo 81 Código Penal del Estado de Oaxaca

Capítulo II

Para que la substitución surta efectos, el sentenciado:

a) Dentro de un plazo de cinco días deberá cubrir el importe de la reparación del daño, de la multa directa y de la multa substitutiva, según el caso; y b) Protestar cumplir las obligaciones señaladas en la fracción III del artículo 85.

El beneficiado que entre a compurgar la prisión conserva el derecho a exhibir los importes mencionados en el párrafo anterior en cualquier momento. Satisfecho el requisito, se hará del conocimiento de la Dirección de Reinserción Social para que lo ponga en libertad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial