Artículo 369 SEXIES Código Penal del Estado de Oaxaca
Capítulo I
Los delitos señalados de los artículos 369 Ter al 369 Quinquies se perseguirán de oficio. (Artículo adicionado mediante decreto número 1530, aprobado por la LXV Legislatura del Estado el 6 de septiembre del 2023 y publicado en el Periódico Oficial número 38 Sexta Sección, de fecha 23 de septiembre del 2023)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial