Artículo 37 Código Penal del Estado de Nayarit
Capítulo IV
- Las causas personales de exclusión de la pena sólo favorecen a aquél en quien concurran.
(REFORMADA, P.O. 20 DE MAYO DE 2024
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial