Artículo 74 Código Penal del Estado de Morelos
Capítulo XI
El juez resolverá, según las circunstancias del caso, sobre la suspensión, sustitución o ejecución de las demás sanciones impuestas.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de enero de 2026.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos, con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial