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Leyes Descargar AYA

Artículo 254 Código Penal del Estado de Morelos

Capítulo ÚNICO

Al que profane un cadáver con actos de necrofilia, se le aplicarán de tres meses a dos años de prisión. Si dichos actos consisten en la realización de la cópula, la pena será de cinco a diez años de prisión.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de enero de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos, con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial