Artículo 24 Código Penal del Estado de Morelos
Capítulo V
Las excluyentes de incriminación penal se harán valer de oficio y se aplicarán también a los inimputables.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de enero de 2026.
Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos, con la reforma del 7 de octubre de 2026. Documento oficial