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Leyes Descargar AYA

Artículo 172 Código Penal del Estado de Michoacán

Capítulo II

Secuestro

En los tipos penales, las sanciones y competencia de los tribunales locales correspondientes al secuestro, se estará a lo dispuesto por la legislación general expedida por el Congreso de la Unión en la materia.

(DEROGADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 18 DE JULIO DE 2017)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Gobierno del Estado de Michoacán (portal oficial michoacan.gob.mx). Documento oficial