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Leyes Descargar AYA

Artículo 32 Código Penal del Estado de Jalisco

Capítulo III

El confinamiento consiste en la obligación de residir en determinado lugar y no salir de él. La autoridad judicial hará la designación del lugar, conciliando las exigencias de la tranquilidad pública, con la salud y las necesidades del sentenciado.

Esta pena sólo procederá en los delitos contra la seguridad interior del Estado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial