Artículo 316 Código Penal del Estado de Hidalgo
Capítulo V
- Al que en cualquier forma procure impedir la ejecución de una obra de trabajo públicos, dispuestos por autoridad competente con los requisitos legales o con su autorización, se le aplicarán de tres meses a un año de prisión y de 5 a 10 días multa
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial