Artículo 293 Código Penal del Estado de Hidalgo
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Cambió
Del texto del 24 de octubre de 2025 al del 19 de octubre de 2026.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 24 de octubre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
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- Se impondrá de dos a veinte años de prisión y multa de 100 a 250 días, sin perjuicio de la pena que corresponda por los delitos que resulten, al que utilizando explosivos, substancias tóxicas, armas de fuego, por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios al público que persigan producir o que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, perturben la paz pública o traten de menoscabar la autoridad del Estado o presionar a la autoridad para que tome una determinación.
Cuando los mismos efectos se produzcan por medios no violentos, la sanción será de uno a diez años de prisión y multa de 30 a 100 días.
La punibilidad prevista en el párrafo primero se aumentará hasta en una tercera parte, cuando el delito sea cometido utilizando una aeronave pilotada a distancia. Párrafo adicionado P.O. Alcance dos del 6 de agosto de 2026.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.