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Leyes Descargar AYA

Artículo 334 Código Penal del Estado de Guerrero

Capítulo V

Suministro simulado de medicamento

A los encargados, empleados o dependientes de una farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente señalada por otra que ponga en peligro la salud o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el que se prescribió, se le impondrán de seis meses a dos años de semilibertad y de veinticinco a cien días multa.

Título Vigésimo Primero Delitos contra la seguridad y el normal funcionamiento de las vías de comunicación y de los medios de transporte.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial