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Leyes Descargar AYA

Artículo 184 Código Penal del Estado de Guerrero

Capítulo III

Hostigamiento sexual contra niñas, niños y adolescentes

A quien realice los actos previstos en el artículo anterior en contra niñas, niños y adolescentes, o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, se le impondrán de cuatro a diez años de prisión y de ciento cincuenta a quinientos días de multa del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Si el sujeto activo es servidor público y se aprovecha de esa circunstancia, además de la pena prevista en el párrafo anterior, será destituido del cargo que desempeña e inhabilitado para ocupar cualquier cargo, empleo o comisión en el servicio público por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 22 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial