Artículo 18 Código Penal del Estado de Guerrero
Capítulo V
Aplicación subsidiaria del Código Penal
Cuando se cometa un delito no previsto en este código, pero sí en una ley especial del Estado de Guerrero, se aplicará esta última, y sólo en lo no previsto por la misma se aplicarán las disposiciones de este código.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial