Artículo 180 Código Penal Federal
Capítulo I
- Se aplicarán de uno a dos años de prisión y multa de diez a mil pesos: al que, empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal. Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 13 de marzo de 2026. Documento oficial