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Leyes Descargar AYA

Artículo 305 QUATER Código Penal del Estado de Durango

Capítulo I

No se considerará como intimidación ilícita, informar aquellas consecuencias posibles y jurídicamente válidas del impago o la capacidad de acciones legales en contra del deudor, aval, obligado solidario o cualquier relacionado con estos, cuando estas sean jurídicamente posibles. ARTICULO ADICIONADO POR DEC. 379 P.O. 43 DEL 31 DE MAYO DE 2018.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial