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Leyes Descargar AYA

Artículo 5 Código Penal del Estado de Colima

Capítulo ÚNICO

Principio del bien jurídico y de la antijuridicidad material. Para que la acción o la omisión sean consideradas delictivas, se requiere que lesionen opongan en peligro al bien jurídico tutelado por las disposiciones penales

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial