Artículo 332 Código Penal del Estado de Coahuila
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
- Sin cambios
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 15 de enero de 2026 con el del 15 de mayo de 2026, que es el vigente.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 15 de enero de 2026, leída con el mismo método que el texto vigente.
2 párrafos cambiaron 6 palabras agregadas 79 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 15 de enero de 2026. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 15 de mayo de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 15 de enero de 2026; a la derecha, el del 15 de mayo de 2026.
Cambio 1 · Párrafo quitado
(Extorsión simple)
Antes
(Extorsión simple)
Ahora
Este párrafo se quitó.
Cambio 2 · Se reescribió
(DEROGADO,
SeP.O. impondrá26 DE cincoDICIEMBRE aDE diez años de prisión y de dos mil a cuatro mil días multa, a quien para obtener para sí o para otra persona un beneficio económico, u otra ventaja de cualquier clase, aunque no sea económica, o para perjudicar al sujeto pasivo o a un a tercera persona en su patrimonio o en otro bien jurídico de los mismos, coaccione al primero a dar, hacer, no hacer, dejar de hacer o tolerar algo.2025)
Antes
Se impondrá DE cinco a diez años de prisión y de dos mil a cuatro mil días multa, a quien para obtener para sí o para otra persona un beneficio económico, u otra ventaja de cualquier clase, aunque no sea económica, o para perjudicar al sujeto pasivo o a un a tercera persona en su patrimonio o en otro bien jurídico de los mismos, coaccione al primero a dar, hacer, no hacer, dejar de hacer o tolerar algo.
Ahora
(DEROGADO, P.O. 26 DE DICIEMBRE DE 2025)
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.