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Leyes Descargar AYA

Artículo 133 Código Penal del Estado de Coahuila

Capítulo Décimo

(Carácter privilegiado de la obligación de reparar)

Con excepción de las obligaciones relativas a alimentos y salarios, la obligación de pagar la reparación del daño es preferente a cualquier otra que se contraiga con posterioridad a la comisión del delito.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial