Artículo 100 Código Penal del Estado de Coahuila
Capítulo Quinto
(Concepto de condena condicional)
La condena condicional es una medida por la cual el juzgador suspenderá la ejecución de la pena de prisión y aplicará un sustitutivo penal junto con las medidas de seguridad que sean procedentes, cuando se satisfagan las condiciones legales para su concesión, a efecto de permitir al sentenciado incorporarse a la sociedad si cumple con el sustitutivo penal y con las medidas de seguridad que se le fijen, siempre y cuando a la vez con su concesión o durante su disfrute no se desproteja a víctimas u ofendidos, o a terceros, según lo previsto en este capítulo.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial