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Leyes Descargar AYA

Artículo 306 Código Penal para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo VIII

Las sanciones previstas en los artículos anteriores se aumentarán en una mitad, cuando:

I. Para favorecer la fuga, haga uso de la violencia en las personas o de la fuerza en las cosas; o II. El que indebidamente ponga en libertad o favorezca la evasión sea servidor público en funciones de custodia

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial