Artículo 252 Código Penal del Estado de Chihuahua
Capítulo I
Además de las penas previstas para el o los delitos cometidos, se impondrán, según corresponda:
I. Suspensión del empleo, cargo o comisión en el servicio público de dos meses a un año;
II. Destitución del empleo, cargo o comisión en el servicio público;
III. Inhabilitación de tres a quince años para obtener y desempeñar un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el servicio público; y
IV. Decomiso de los productos del delito.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial