Artículo 206 Ter Código Penal del Estado de Chihuahua
Capítulo VI
A quien por cualquier medio usurpe, con fines ilícitos, la identidad de otra persona, se le impondrá prisión de seis meses a tres años y de ochenta a trescientos días multa.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial