Artículo 176 Ter Código Penal del Estado de Chihuahua
Capítulo III
Las sanciones referidas en los artículos 176 y 176 Bis, se aumentarán en una mitad cuando el delito se cometa en contra de persona menor de edad o de quien no tenga capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial